Fondo de Educación Milton W. y Edith W. Brown

Junta de Educación Cristiana de la PCUSA - Pennsylvania

Cuenta #: 203100053022
Jeffersonville, IN

Restricción de fondos

25% de los ingresos anuales se añadirán al principal del fondo y los 75% restantes se pagarán o aplicarán, a discreción única y absoluta del Consejo de Educación, a cualquiera de los siguientes fines: 1) Conceder becas a jóvenes que deseen cursar estudios en una universidad o seminario teológico que el Consejo considere satisfactorios. Al otorgar tales subsidios, se dará preferencia a los hijos de ministros ordenados del Evangelio y a los hijos de misioneros, pero los subsidios no se limitarán a tales personas ni se restringirá de manera alguna la discreción de la Junta al otorgar tales subsidios; o 2) Para dotar cátedras en cualquier universidad seleccionada por dicha Junta. Con este fin, el Consejo podrá conceder subvenciones anuales para cubrir parte o la totalidad del salario de un profesor o podrá pagar sumas de vez en cuando con el fin de crear un fondo cuyos ingresos podrán ser utilizados por la universidad para pagar parte o la totalidad del salario de un profesor; o 3) Cualquier otro fin que entre dentro del área de responsabilidad actualmente asignada a la División de Educación Superior que el Consejo pueda determinar de vez en cuando.

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